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El mecenazgo y la lucha contra el coronavirus: principales incentivos fiscales | Cuatrecasas
30/03/2020
Cuatrecasas, nuestro socio patrón, hace un repaso de los principales incentivos fiscales al mecenazgo que tienen todas las personas que quieran colaborar en la lucha contra el Covid-19.
Aspectos clave a tener en cuenta:
Existen incentivos fiscales por donaciones, dinerarias o en especio a entidades no lucrativas que apliquen el régimen fiscal especial de la Ley 49/2002 del mecenazgo, tanto en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas como en el Impuesto sobre Sociedades.
Las personas físicas que realicen donaciones a fundaciones sanitaras de la Ley 49/200 que luchen contra el Covid-19 tendrán una deducción del 75% para los primeros 150 euros donados. A partir de ese importe, las donaciones serán deducibles al 30%.
Las empresas que realicen donaciones tendrán derecho a aplicar en la cuota íntegra de su Impuesto sobre Sociedades, previo ajuste del gasto como no deducible, una deducción del 35%. Asimismo, podrán optar por colaborar a través de la figura del convenio de colaboración empresarial en la lucha contra el coronavirus, recibiendo a cambio publicidad de colaboración.
Documentos adjuntos:
El mecenazgo y la lucha contra el coronavirus: principales incentivos fiscales | Cuatrecasas