Noticias de la Cámara
Proyectos de reactivación industrial #Cataluña | Ayming
28/05/2019
Conceder ayudas en forma de garantía para la financiación de los proyectos de reactivación industrial.
Tipología de los proyectos objeto de financiación:
1. Los proyectos de inversión para la implantación y creación de nuevos establecimientos industriales, o la ampliación de los existentes, y que comporten la creación de nuevos puestos de trabajo.
2. Los planes de mejora de la competitividad, ya sea mediante el desarrollo de nuevos productos o la incorporación de sistemas de producción avanzados, que contribuyan a la reactivación industrial y generen ocupación neta.
Los beneficiarios de esta ayuda son las siguientes:
Empresas con sede social o sede operativa en Cataluña que, de forma preferente, cumplan tres de los siguientes seis criterios:
- Que cuenten con una estructura de recursos propios no inferior al 40% en su último balance cerrado
- Que cuenten con un centro de producción de menos de 250 trabajadores y que en el último ejercicio hayan facturado hasta 40 millones de euros.
- Que acrediten un porcentaje de ventas en el extranjero superior al 25% durante los tres últimos ejercicios de manera continuada, o como mínimo en dos de tres ejercicios.
- Que hayan desarrollado o estén desarrollando un proyecto de I+D, preferentemente en colaboración con un centro tecnológico en Cataluña, o bien que dispongan de una ventaja competitiva basada en una patente propia.
- Que dispongan de contratos y pedidos firmados para la financiación del circulante.
- Que impulsen un proyecto de inversión o de creación de ocupación en una comarca de Cataluña con una tasa de paro industrial superior en la media de Cataluña o donde recientemente se hayan sufrido deslocalizaciones industriales con afectación superior a 100 trabajadores.
Tipo y Cuantía de la financiación
El Departamento de Empresa y Conocimiento responde del 80% del principal pendiente de cada préstamo formalizado a través del ICF con cargo al fondo de provisiones que se afectará a ese efecto. Previamente a la formalización del préstamo por parte del ICF, la Dirección General de Industria deberá emitir una resolución respecto de la elegibilidad industrial del proyecto.
- Tipo de interés variable del euríbor a 12 meses más un diferencial de hasta 3,95%.
- El importe del préstamo será hasta un máximo del 100% del importe de la actuación subvencionable, (mínimo de 500.000,00 euros y un máximo de 2.000.000,00 de euros).
- El plazo máximo del préstamo en el caso de financiación de inversiones o de planes de mejora de la competitividad será de hasta siete años, con la posibilidad de un periodo de carencia de amortización de capital de hasta dos años, incluido en este plazo.
- Desembolso en una sola vez o parcial, durante un plazo de hasta 24 meses, contra presentación de facturas o documentos que justifiquen la inversión.
- Amortización: el préstamo se amortizará por trimestres vencidos.
Gastos Financiables
- En el caso de proyectos de inversión se consideran elegibles los gastos de adquisición de activos materiales o inmateriales y los gastos de subcontratación directamente vinculados a la ejecución del proyecto.
- En el caso de planes de mejora de la competitividad serán elegibles los gastos de personal, los gastos de adquisición de equipamientos o de activos materiales o inmateriales y los gastos de subcontratación directamente vinculados a la ejecución del proyecto.
- Los proyectos de inversión o de implantación de planes de mejora de la competitividad podrán incluir financiación de circulante, que no podrá superar el 30% del total del importe del proyecto.
El plazo de ejecución de las actuaciones subvencionables será el comprendido entre los 12 meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda y hasta los 24 meses posteriores, también contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud de ayuda.